Presidente Iván Duque promulga Ley de Tasa Pro Deporte y Recreación

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Con gran emoción, el deporte colombiano recibe la noticia de la divulgación y promulgación de la Ley mediante la cual se crea la Tasa Pro Deporte y Recreación por parte del Gobierno de la República de Colombia en cabeza del Presidente, Iván Duque y el Ministro del Deporte, Ernesto Lucena.

Por. Prensa y comunicaciones. Comité Olímpico Colombiano

El día de hoy 29 de julio se reunieron de manera virtual el Presidente Iván Duque, el ministro del deporte Ernesto Lucena, la Representante del Partido de la Unidad, Norma Hurtado, con el apoyo de los también representantes Luis Tovar, Jorge Burgos, Erasmo Zuleta, Martha Villalba, Jairo Cristo y Faber Muñoz para divulgar y promover esta Ley, que tiene gran significado para el desarrollo del deporte regional. Esta nueva norma, ya firmada y sancionada, permitirá que las asambleas y consejos tengan facultades para generar recursos económicos para el fomento del deporte y la recreación.

La divulgación y promulgación de la Ley por la cual se faculta a las Asambleas y Concejos distritales o municipales para crear una tasa de hasta 2.5 % tiene como propósito fomentar el deporte y la recreación.

«Con la creación del Ministerio del Deporte le hemos cumplido a Colombia. Hemos innovado con iniciativas como Becas por impuestos, en la que quien aporte a la formación y manutención de un deportista podrá descontarlo de su declaración de renta; La marca Colombia Tierra de Atletas es un sello que además de impulsar la formación integral, es una apuesta de país por la sana convivencia», indicó el presidente Duque. «Esta Tasa Pro Deporte se traduce en más recursos para nuestros deportistas, porque el deporte es salud, es prevención frente al acecho de las drogas, es disciplina», agregó.

La sanción presidencial de la ley cuenta con la siguiente finalidad:

1. Apoyar  programas del deporte, la educación física y la recreación para la población en general.

2. Apoyar a programas que permiten la identificación de talentos deportivos y el fortalecimiento de la reserva deportiva, orientados hacia el alto rendimiento deportivo convencional y paralímpico

3. Apoyar en programas para los atletas de alto nivel competitivo y con proyección a él.

4. Adquisición de elementos e instrumentos básicos de formación deportiva.

5. Apoyo, mantenimiento y construcción de infraestructura deportiva

6. Apoyo para la participación de atletas y deportistas en diferentes competencias a nivel nacional e internacional.

7. Apoyar programas enfocados en incentivar la salud preventiva mediante la práctica del deporte y los hábitos de alimentación sana y saludable.

Es de resaltar que hasta un 20 % se destinará a refrigerios y transporte para niños y niñas en condiciones de pobreza y vulnerabilidad, y se exceptuarán de la Tasa Pro Deporte los convenios y contratos de condiciones uniformes de los servicios públicos domiciliarios, de prestación de servicios suscritos con personas naturales, educativos y los que tienen que ver con el refinanciamiento y el servicio de la deuda pública.

Para leer la ley completa haga clic aquí

LEY_2023_DEL_23_DE_JULIO_DE_2020

Con información del Ministerio del Deporte.

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3 Respuestas

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