Antes de abrir, gimnasios y centros de entrenamiento deben registrar protocolos de bioseguridad

Foto/Suministrada

Pereira ha sido avalada por el Ministerio del Interior como ciudad piloto para darle apertura a los gimnasios, centros médicos deportivos, de entrenamiento funcional y acondicionamiento físico. Sin embargo, estos establecimientos deberán registrar sus protocolos de bioseguridad y recibir la respectiva certificación, antes de dar apertura a sus servicios.

Con esta certificación, los establecimientos podrán abrir y prestar sus servicios a la comunidad de usuarios, quedando atentos a la visita de inspección, vigilancia y control que posteriormente realizará la Secretaría de Deporte y Recreación de Pereira a cada establecimiento y quien certificará que los espacios presentan seguridad e implementen debidamente los protocolos de bioseguridad registrados.

En diálogo con Semilleros Deportivos, el Secretario de Deporte y Recreación de Pereira, Gustavo Rivera, confirmó que los establecimientos que incumplan los protocolos se les aplicará las respectivas sanciones (que podrían estar entre 8 y 10 millones de pesos);  durante las visitas de inspección y seguimiento además se velará por la constitución legal de dichos establecimientos porque varios de ellos ni siquiera se encuentras con registro en Cámara de Comercio y será necesario formalizar su constitución y funcionamiento ya que  «…es responsabilidad del Estado garantizar el derecho a la vida y a la salud», según apreció el secretario.

«Con esta declaración se activa el numeral 46 del Decreto 750 del 30 de julio emitido por el Gobierno de la Ciudad, donde se habilita la prestación del servicio de estos establecimientos de comercio, los cuales deben seguir todas las medidas emitidas en el anexo técnico de la Resolución 1313 del 3 de agosto del Ministerio de Salud y Protección Social», según comunicó de manera oficial el ente territorial.

Dentro de estos procesos, los propietarios, gerentes y/o administradores de estos establecimientos, deberán además caracterizar la población de usuarios y atender a las siguientes medidas:

Foto/co.polomap.com

  • Sólo se permitirá el ingreso a personas entre los 18 y 69 años de edad.
  • Los usuarios deberán agendar su cita y solo tendrán máximo 1 hora (60 minutos) para el entrenamiento.
  • No se permitirá el ingreso de acompañantes y a personas con enfermedadesde riesgo como problemas cardiovasculares, asma, EPOC, obesidad, diabetes, cáncer, tabaquismo, síntomas respiratorios, entre otros.
  • El aforo debe ser calculado por el área total de la superficie de circulación y áreas comunes; sólo podrá ingresar 1 persona por cada 10 m2, sin superar la capacidad máxima de 50 personas por hora entre usuarios, trabajadores y proveedores.
  • El usuario deberá asistir con ropa deportiva, no se permite el cambio de vestuario dentro del establecimiento como tampoco los encuentros sociales entre usuarios.
  • Toma de temperatura y diligenciamiento obligatorio de la encuesta de detección de riesgo de COVID-19 a trabajadores, proveedores y usuarios cada que hagan el ingreso al establecimiento.
  • No estarán disponibles lectores de huella o pantallas táctiles, salones de clases y/o entrenamientos grupales, duchas, piscinas, zonas húmedas, spa, canchas sintéticas.
  • Disponer, en cada área de trabajo, de alcohol antiséptico al 70% y toallas desechables para la desinfección de todos los elementos deportivos usados por los beneficiarios.
  • Garantizar el distanciamiento físico entre persona y persona de 12,6 m2/usuario, es decir 2 metros de radio para cada una de las estaciones, maquinas o bancos de entrenamiento.
  • Creación del manual de convivencia, el cual debe ser conocido y respetado a cabalidad por trabajadores, proveedores y usuarios. Estos últimos pueden ser retirados del establecimiento al fallar en su cumplimiento.
  • Promover el uso de procesos con ayuda de la tecnología para evitar la recepción de dinero, documentos y demás acciones que conlleven contacto con los usuarios.
  • Los ascensores solo serán habilitados para personas con discapacidad y en caso de ser el único acceso, al gimnasio estar ubicado en pisos elevados, solo podrá hacer uso de él 1 persona por viaje.
  • Implementación de procesos de comunicación constante al interior de los establecimientos sobre las medidas de bioseguridad.
  • El personal administrativo, servicios generales, entrenadores y coach deportivos deberán usar careta o gafas y tapabocas, permanecer a 2 metros de distancia de los usuarios y velarán por el cumplimiento de las medidas en cada sede.

Este martes 11 de agosto, la Secretaría de Deporte y Recreación de Pereira realizará reunión virtual con los responsables de los establecimientos para resolver dudas, inquietudes y detalles sobre las indicaciones de la Resolución 1313 del 3 de agosto del Ministerio de Salud.

Las personas indicadas anteriormente pueden solicitar el link de la reunión escribiendo al correo electrónico infosecretariadeportespereira@gmail.com (indicando nombre completo, cargo y nombre del gimnasio)

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