Estas son las condiciones para hacer deporte en las calles del Eje Cafetero

Foto / Valentina Jiménez. Archivo

El pasado 24 de abril el Gobierno Nacional expidió el decreto 593 con unas nuevas medidas de aislamiento preventivo en Colombia. Allí se explican las nuevas regulaciones y salvedades para salir de casa. Dentro de las 41 excepciones se encuentra la posibilidad de hacer deporte al aire libre.

Es el artículo 3, punto 33 del decreto el cual especifica: «El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 60 años, por un período máximo de una (1) hora diaria, de acuerdo con las medidas, instrucciones y horarios que fijen los alcaldes en sus respectivas jurisdicciones territoriales. En todo caso se deberán atender los protocolos de bioseguridad que para los efectos se establezcan».

Para el ejercicio es indispensable tener en cuenta que se tiene restringido el uso de escenarios deportivos y que el lugar de entrenamiento no debe exceder el kilómetro de distancia al hogar. Además, se debe cumplir con el uso del tapabocas, evitar el contacto con más personas (mínimo dos metros de distancia) y no estar afuera por un tiempo mayor a una hora.

Las prácticas deportivas autorizadas son las que eviten el contacto con más personas. Tales como caminar, correr, montar en bicicleta, patinar y relacionados.

Y aunque a muchas personas les agradó el espacio, existen gran cantidad de colombianos que no están de acuerdo con la medida. Pues consideran que esto puede colocar en riesgo a quienes salen a la calle sin necesidad. Es tanto así, que algunos entrenadores y dirigentes, prohibieron a sus deportistas exponerse y deberá continuar sus entrenamientos en sus casas.

Teniendo en cuenta que en el decreto se da vía libre a las administraciones municipales para fijar la reglamentación, se debe tener en cuenta que en cada municipio funcionará de manera diferente. Semilleros Deportivos comparte la información compartida por las alcaldías de las capitales y algunos municipios de los departamentos del Eje Cafetero.

Armenia (Quindío)

En la capital quindiana sus habitantes podrán salir a ejercitarse individualmente entre las 6:00 a. m. y las 7:00 a. m. Por ahora no entrará en rigor el pico y cédula para esta actividad.

Así mismo, se informó desde el Instituto Municipal del Deporte y la Recreación de Armenia, que durane esta hora instructores deportivos estarán ubicados en diferentes puntos de la ciudad para hacer un acompañamiento y apoyo pedagógico.

Manizales (Caldas)

En la capital caldense el Secretario de Deportes Alejandro Peláez, compartió el horario que tendrán los manizaleños para hacer deporte en las calles. Este será de 5:00 a. m. a 7:00 a.m. y se regirá por el mismo pico y cédula que se tiene para salir a hacer las diligencias permitidas.

Así mismo aclaró que todos los escenarios deportivos estarán cerrados, tanto gimnasios públicos y privados, coliseos, unidad deportiva Palogrande, canchas sintéticas como el Bosque Popular El Prado.

Villamaría (Caldas)

Los habitantes de este municipio podrán salir a practicar actividad física en el período comprendido entre las 5:00 a. m. y las 7:00 a.m., teniendo en cuenta el pico y cédula que rige para las demás actividades autorizadas.

Chinchiná (Caldas)

Al igual que en otros municipios, en Chinchiná se podrá hacer la práctica deportivo en el horario entre 5:00 a. m a 7:00 a. m. según el pico y cédula reglamentario.

Dosquebradas (Risaralda)

En el decreto 326 del 26 de abril de 2020, en el Artículo 11, la Alcaldía Municipal de Dosquebradas compartió como se desarrollará el desarrollo de actividades físicas y ejercicio al aire libre.

Allí, se especifica que los habitantes del municipio industrial podrán salir a hacer ejercicio dependiendo de si es mujer u hombre. Las mujeres lo harán en las fechas pares desde las 3:00 p. m. a 4:00 p. m.; por otro lado, los hombres tienen permiso para salir las fechas impares desde las 9:00 a. m. a las 10:00 a. m.

El artículo también especifica, entre otros, que no se podrá hacer uso del Lago La Pradera bajo ninguna circunstancia y que las personas se pueden desplazar al lugar de entrenamiento en bicicleta, pero no en un vehículo automotor. Además se exigirá tener la cédula a mano.

Por último se sugiere a las personas con morbilidades (enfermedades como diabetes, afecciones pulmonares, SIDA, cáncer, insuficiencias, entre otras), que no salgan de casa, pues pueden poner en riesgo su vida por un posible contagio.

Santa Rosa de Cabal (Risaralda)

Para hacer deporte al aire libre en el municipio de las araucarias, las personas podrán salir de 5:00 a. m. a 7:00 a.m.

Pereira (Risaralda)

Según compartió la Secretaría de Deporte y Recreación, en la capital risaraldense se está haciendo un estudio interdisciplinar para tomar la mejor decisión para la salud pública. Por lo que el decreto saldrá próximamente.

Y aunque la Alcaldía de Pereira no ha compartido un comunicado oficial respecto al deporte al aire libre, sí hizo público que a partir de este lunes se rehabilitará el uso de las bicicletas públicas. Sin embargo, quieren ser claros en que el uso de las mismas solo es para uso como medio de transporte a quienes deben desplazarse a trabajar y no es recreacional.

Si bien algunos municipios ya confirmaron su reglamentación, habitantes de los otros municipios que no la han comunicado, pueden regirse a las recomendaciones del Ministerio del Deporte. Estas definen el horario para entrenar entre las 5 y 8 de la mañana y prohibe el uso de canchas, parques, gimnasios, clubes, piscinas y demás escenarios deportivos. De igual manera deben estar pendientes a las comunicaciones de sus territorios para conocer la reglamentación definida y no incurrir en una penalidad.

Finalmente, se recomienda no hacer ejercicio en línea recta a la persona que se tenga adelante. De igual forma se recuerda a los deportistas tener todas las precauciones de higiene y autocuidado para protegerse a sí mismos y a los demás.

«Unidos somos más. Más deporte, más región»

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